miércoles, 26 de mayo de 2010

¿Se puede concursar con el justificante de presentación del expediente?

Respuesta: 
Si en el concurso no te exigen clasificación, puedes presentarte tanto si la tienes como si no.

En obras a fecha 4/10/2013 es exigible la clasificación para contratos de servicios de 200.000 €  y en obras a partir de 500.000 €.

Si es exigible la clasificación, se pueden presentar las empresas que lo deseen, pero la Mesa de contratación a la vista de la documentación presentada, deberá rechazar a las empresas que no cumplan los requisitos.

Para las empresas que no están clasificadas aún, pero que han presentado su expediente, el justificante de presentación del expediente es válido para presentarse a un concurso siempre que la empresa esté segura de conseguir su certificado de clasificación en un plazo relativamente corto de tiempo, porque si al ser requerido no se dispone de él, la empresa será rechazada, y si forma parte de una UTE, también será rechazada la UTE.

Otra cosa es en el caso que nos comentas, al estar tu clasificación vigente y haber presentado el expediente para la renovación de la Solvencia técnica o para el aumento de categorías te podrás seguir presentando con tu certificado vigente.

Al ser indefinidas las clasificaciones obtenidas ya no se emiten prórrogas 

Maribel Cruz infoas@infoas.es Tel: 91 446 25 21

viernes, 21 de mayo de 2010

IMPUGNACION DE CONCURSOS, NUEVA LEY, MAS GARANTIAS

Consejo de Ministros

El Gobierno impulsa un nuevo órgano independiente para resolver los recursos contra la adjudicación de contratos públicos.

El proyecto implica la creación de un nuevo órgano, el Tribunal Administrativo Central de Recursos contractuales, que se encargará de resolver los recursos interpuestos contra actos de entidades vinculadas a la Administración General del Estado. Además, el texto garantiza la inamovilidad e independencia de los miembros que compongan el tribunal.

El Tribunal se encargará tanto de resolver los recursos que se interpongan contra las decisiones de las entidades adjudicadoras de contratos como de adoptar las medidas provisionales que sean necesarias respecto del procedimiento de adjudicación durante el periodo de resolución de los mismos. En este sentido, el proyecto de ley prevé la suspensión de la adjudicación del contrato cuando medie una reclamación por alguna de las partes perjudicadas. Asimismo, cuando el órgano de contratación infrinja las normas relativas a la publicidad de la licitación o a la suspensión de la adjudicación cuando se interponga un recurso, el proyecto prevé la declaración de ineficacia del contrato o, en los casos en que el interés público aconseje mantener su eficacia, la imposición de sanciones alternativas a los poderes adjudicadores.

Con ello se pretende reforzar la garantía de igualdad, transparencia y no discriminación en la selección de los contratistas. Por esta razón también se pondrá en marcha un procedimiento más rápido y eficaz para que éstos puedan ejercitar sus derechos cuando consideren que han sido conculcados en el desarrollo del procedimiento de adjudicación de un contrato público y puedan obtener una respuesta administrativa en el menor periodo de tiempo posible.

Tomado de gabinete de prensa MEH

Maribel Cruz infoas@infoas.es Tel: 91 446 25 21

jueves, 13 de mayo de 2010

COMPRA Y VENTA DE EMPRESAS CON CLASIFICACIONES VIGENTES

Se venden empresas con las siguientes clasificaciones, si alguien está interesado que me lo comunique:
empresa 1:  ----- vendida ----
empresa 2: se vende con clasificación F8 emisarios submarinos
empresa 3: se compra con cualquier clasificación de obras preferiblemente grupo C, A... en Zaragoza, Rioja

empresa 4: se compra con clasificación de obras grupo A y E cualquier parte de España

empresa 5: ---- vendida ----

empresa 6: se compra empresa con clasificación U1 limpieza, R5 traslado de residuos peligrosos, U7 servicios de socorrismo. refmmmtipalvare

empresa 7: ---- vendida ---- 

empresa 8: compra empresa clasificada en edificación y obra civil

                                    
Maribel Cruz infoas@infoas.es
Tel: 91 446 25 21 - 667 001 996

martes, 11 de mayo de 2010

Información para ir en UTE


Si necesitáis alguna clasificación, podéis ir en UTE, podéis contactar con nosotros y buscaremos la mejor opción entre nuestros clientes. (Sin ningún cargo por nuestra parte).


Clasificación a pedir en un concurso de instalaciones solares fotovoltáicas I2 o I9

El informe Informe 6/05 de la Junta Consultiva responde a dicha cuestión aconsejando solicitar el I9, aunque también es correcto pedir el I2.

viernes, 7 de mayo de 2010

Renovación financiera

Para mantener la clasificación indefinida, hay que hacer Renovaciones Anuales de la Solvencia Financiera (RASF). Puede ver que su certificado no tiene fecha de vencimiento, pero para mantenerlo en vigor la empresa tiene que cumplir algunos requisitos:
1.- que no esté en situación de disolución

2.- que figuren en las cuentas anuales del año 2009, Patrimonio Neto (PN) positivos y que el PN sea superior a 1/2 Capital, (tanto en servicios como en obras el importe del PN determinará la máxima categoría que pueda obtener la empresa y por ende el importe máximo a los concursos que desee presentarse: en obras desde hace años, en servicios, cuando salga el Reglamento).

3.- en el caso de que las empresas estén obligadas a informe de auditoria, incluso aunque cumplan los puntos anteriores si el informe de auditoria es desfavorable la junta puede llegar a denegar la clasificación, igualmente las empresas que tengan informe de auditoria, aunque no sea obligatorio hacerla, si la han hecho y el informe es desfavorable también será tenido en cuenta por la junta

4. Más abajo carta enviada por la junta a algunas empresas.