NOTA DE PRENSA
LA CNC IMPONE MULTAS A TRES EMPRESAS POR ACORDAR LOS PRECIOS DE UNA LICITACIÓN PÚBLICA DEL AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS
La Comisión Nacional de la Competencia ha impuesto multas por un valor total de más de 390.000 euros a tres empresas por acordar los precios de una licitación pública del Ayuntamiento de Las Palmas.
Madrid, 5 de noviembre de 2012
. El 16 de diciembre de 2010 tuvo entrada en el registro de la Comisión Nacional de la Competencia, escrito de la Directora General de Patrimonio y Contratación del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, solicitando la actuación de la CNC en relación al expediente de contratación 449/10 de dicho Ayuntamiento, referente a la convocatoria de un concurso, por procedimiento abierto, para la licitación pública del servicio de transporte de viajeros para actividades lúdicas, deportivas, socioculturales y socioeducativas de Las Palmas de Gran Canaria, a raíz de la denuncia presentada en el marco del mencionado expediente de contratación por la empresa COMFORT TURISTOUR, S.L., contra las empresas AUTURCA, S.A., GLCM y TRANSPORTES ANTONIO DÍAZ HERNÁNDEZ, S.L., empresas licitadoras, entre otras, de dicho concurso, por presunta infracción de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.
El 7 de febrero de 2011, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2 de la Ley 1/2002, de 21 de febrero, de Coordinación de las Competencias del Estado y las Comunidades Autónomas en materia de Defensa de la Competencia, la CNC procedió a trasladar la denuncia y el correspondiente expediente al Servicio Canario de Defensa de la Competencia, al no apreciarse efectos de la conducta denunciada en un ámbito territorial superior al de la Comunidad Autónoma de Canarias.
El 8 de abril de 2011, el Servicio Canario de Defensa de la Competencia acordó la incoación de expediente sancionador (
SACAN/0012/11) contra las empresas AUTURCA, GLCM y TRANSPORTES ANTONIO DÍAZ HERNÁNDEZ por prácticas restrictivas de la competencia prohibidas según el artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia consistentes en un supuesto acuerdo para la presentación de ofertas económicas iguales en la convocatoria de un concurso, por procedimiento abierto, para la licitación pública del servicio de transporte de viajeros para actividades lúdicas, deportivas, socioculturales y socioeducativas de Las Palmas de Gran Canaria.
En su Resolución de 25 de octubre de 2012, el Consejo de la CNC considera acreditada la existencia de una conducta colusoria entre las tres empresas imputadas para ofertar idénticos precios en los servicios contenidos en la licitación pública llevada a cabo por el Ayuntamiento de Las Palmas para la provisión de servicios de transporte 2
de viajeros para actividades lúdicas, sociodeportivas, socioculturales y socioeducativas, durante cuatro años.
El Consejo de la CNC destaca en su Resolución que unas condiciones de competencia deficientes conllevan un mayor esfuerzo económico para las entidades del sector público que contratan bienes y servicios y por tanto para los ciudadanos. En este caso, el Ayuntamiento de Las Palmas ha podido estar incurriendo en un mayor gasto por la conducta sancionada en este expediente, en detrimento del interés general. El Consejo de la CNC llama la atención sobre la especial atención que las administraciones públicas deben prestar a la existencia de indicios de conductas anticompetitivas en los procesos de licitación de los que son responsables, en beneficio del interés público al que vienen obligadas a defender.
Por todo ello, el Consejo de la CNC declara acreditada una infracción del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia y resuelve imponer las siguientes multas a las autoras de la infracción:
• 43.800 € a AUTARCA;
• 292.600 € a TRANSPORTES ANTONIO DIAZ HERNANDEZ SL
• 53.900 € a GLCM
Maribel Cruz - Tel: 91 446 2521 infoas@infoas.es