martes, 18 de enero de 2011

P/ tengo una comunidad de bienes, soy electricista... puedo solicitar clasificación

Pregunta: tengo una comunidad de bienes, soy electricista... puedo solicitar clasificación
Me han comentado algunos clientes que es necesario calificarse para hacerles trabajos a los ayuntamientos, por lo que me gustaría que me dieran información.
Además me han dicho algo de la consejería de empleo, pero la verdad es que estamos un poco verdes en estos temas.

Respuesta: Si los trabajos que quieres hacer para Ayuntamientos son de servicios, para ejecutar en menos de un año y por importe inferior a 200.000 € no necesitas estar clasificado, pero si en el concurso lo piden, tienes que estarlo.
Los límites para obras son de 500.000 €

La clasificación es un proceso en el que la empresa debe demostrar su experiencia, personal, maquinaria, y solvencia jurídica, que está al corriente de todas sus obligaciones. Se realiza ante el MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA y consiste en preparar un expediente formado por: entre otros documentos, escrituras e impuestos, en un plazo máximo de 6 meses se recibe la respuesta concediendo o no la clasificación.

Si deseas obtener clasificación debes clasificarte como empresario autónomo o como sociedad anónima, limitada, cooperativa... ya que las empresas de agrupación de bienes, comunidades de bienes no pueden clasificarse 

No sé lo que te han dicho de la consejería de empleo… la palabra CALIFICACIÓN viene de los DCE DOCUMENTOS DE CALIFICACIÓN EMPRESARIAL actualmente derogados, pero en vigor los CERTIFICADOS DE INSTALADOR AUTORIZADO PARA ELECTRICIDAD EN BAJA TENSIÓN  por ser electricistas …

Los instaladores de baja tensión deben obtener un certificado de instalador autorizado en baja tensión, esto se obtiene en cada comunidad autónoma, en algunas es la consejería de industria y a lo mejor en tu zona es la de empleo, esa autorización de instalador la necesitamos para poder clasificar la empresa por lo que es el primer paso y también la necesitas para realizar los trabajos que te encarguen clientes públicos o privados. Actualmente consisten en presentar una declaración responsable y aportar la documentación que te soliciten.


Maribel Cruz
tel: 91 446 25 21

jueves, 13 de enero de 2011

P/ ¿Cuándo realizar la renovación de la solvencia técnica y profesional?

Pregunta: P/ ¿Cuándo realizar la renovación de la solvencia técnica y profesional? Es cada tres años, pero se cuenta de FECHA A FECHA desde la fecha de la última resolución de clasificaciones (Desde la que es indefinida) o al tercer año natural.
Ejemplo: Resolución clasificación de fecha 24/02/2009………… Toca : opción 1) el 24/02/2012; opción 2) Durante todo el año 2.012, hasta el 31 de diciembre.

Respuesta: R/
Hay que hacerla antes de los 3 años desde la obtención fecha que figura en el certificado de clasificación, pero se puede asegurar sacando un certificado del ROLECE en otra entrada indico los pasos.
Maribel Cruz
Tel: 91 446 25 21