lunes, 21 de julio de 2014

LIBROS CONTABLES, LIBROS DE REGISTROS, CUENTAS ANUALES

LIBROS CONTABLES, LIBROS DE REGISTROS, CUENTAS ANUALES

Las empresas tienen obligación de presentar los libros contables y las cuentas anuales en el Registro Mercantil, son procesos diferentes con fines diferentes y en fechas diferentes, aunque los datos son similares….

LOS LIBROS
Los libros: se presentan antes de los 4 meses posteriores al cierre, aunque como norma las empresas los presentan alrededor del 30 de marzo referidos al ejercicio finalizado el 31/12/2013, son el DIARIO, el INVENTARIO y CUENTAS ANUALES en ellos se presenta una copia de la contabilidad (bien en papel, en formato disco, o bien se envían por internet) estos libros se realizan con el programa de contabilidad y posteriormente se formatean adecuadamente con el programa LEGALIA que está disponible en la web del registro mercantil. Los datos consignados en los libros son privados, no aparecen publicados.

Además hay otros libros que son:
LIBRO DE ACTAS: en este se consignan las reuniones del órgano de administración de la sociedad
LIBRO DE REGISTRO DE ACCIONES NOMINATIVAS (sólo para sociedades anónimas): en este los datos de las acciones
LIBRO DE REGISTRO DE SOCIOS (sólo para sociedades limitadas), en este las participaciones de los socios
LIBRO DE REGISTRO DE CONTRATOS (de contratos con el socio único, solo para sociedades unipersonales)

Estos modelos se compran en la papelería en blanco y se legalizan, posteriormente se podrán utilizar.

Finalidad cumplir con el artículo 25 del código de comercio. Empresarios individuales, sociedades Limitadas y anónimas

adjunto enlace del registro mercantil de Madrid.

LAS CUENTAS ANUALES
Se presentan normalmente en el siguiente mes de la aprobación de las cuentas (finales de julio)
Se presentan el balance de situación, la cuenta de pérdidas y ganancias, la memoria, el acta de aprobación (no hace falta legalizar la firma ante notario),  no se presenta el diario ni el la relación de clientes.
Se suelen confeccionar con el programa de contabilidad pero si no se tiene se pueden hacer con el programa D2 o deposito digital del registro mercantil.
Una vez calificadas por el registro mercantil cualquier interesado puede consultarlas por internet previo pago de entre 8-20 euros
Es obligatorio presentarlas y si no se hace se cierra la hoja registral de la empresa y no se pueden inscribir las escrituras hasta que se reabra.

Maribel Cruz infoas@infoas.es - Tel: 91 446 25 21

miércoles, 2 de julio de 2014

Renovar firma electrónica antes del vencimiento

PROCESO PARA RENOVAR LA FIRMA ELECTRÓNICA PARTICULAR O DE EMPRESA ANTES DEL VENCIMIENTO.

en este enlace está la información y el proceso 

https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/persona-fisica/renovar

Resumiendo: si no te ha caducado aún y en los 6 meses anteriores se puede renovar en un paso sencillo
1.- solicitas la renovación
2.- te lo descarga un par de horas después
no hay que aportar documentación.

Si el certificado de persona física o de empresa ha caducado, hay que sacarlo de nuevo, ver la entrada de blog correspondiente con la información, los enlaces y los documentos a aportar.

Comprobar mi vencimiento

Maribel Cruz infoas@infoas.es - Tel: 91 446 25 21