LIBROS CONTABLES, LIBROS DE REGISTROS, CUENTAS ANUALES
Las empresas tienen obligación de presentar
los libros contables y las cuentas anuales en el Registro Mercantil, son
procesos diferentes con fines diferentes y en fechas diferentes, aunque los
datos son similares….
LOS
LIBROS
Los libros: se presentan antes de los 4
meses posteriores al cierre, aunque como norma las empresas los presentan alrededor
del 30 de marzo referidos al ejercicio finalizado el 31/12/2013, son el DIARIO, el INVENTARIO y CUENTAS
ANUALES en ellos se presenta una copia de la contabilidad (bien en papel,
en formato disco, o bien se envían por internet) estos libros se realizan con
el programa de contabilidad y posteriormente se formatean adecuadamente con el
programa LEGALIA que está disponible en la web del registro mercantil. Los datos
consignados en los libros son privados, no aparecen publicados.
Además hay otros libros que son:
LIBRO DE ACTAS: en este se consignan las
reuniones del órgano de administración de la sociedad
LIBRO DE REGISTRO DE ACCIONES NOMINATIVAS (sólo
para sociedades anónimas): en este los datos de las acciones
LIBRO DE REGISTRO DE SOCIOS (sólo para
sociedades limitadas), en este las participaciones de los socios
LIBRO DE REGISTRO DE CONTRATOS (de
contratos con el socio único, solo para sociedades unipersonales)
Estos modelos se compran en la papelería en
blanco y se legalizan, posteriormente se podrán utilizar.
Finalidad cumplir con el artículo 25 del
código de comercio. Empresarios individuales, sociedades Limitadas y anónimas
adjunto enlace del registro mercantil de Madrid.
LAS CUENTAS
ANUALES
Se presentan normalmente en el siguiente
mes de la aprobación de las cuentas (finales de julio)
Se presentan el balance de situación, la
cuenta de pérdidas y ganancias, la memoria, el acta de aprobación (no hace
falta legalizar la firma ante notario), no se presenta el diario ni el la relación de
clientes.
Se suelen confeccionar con el programa de
contabilidad pero si no se tiene se pueden hacer con el programa D2 o deposito
digital del registro mercantil.
Una vez calificadas por el registro
mercantil cualquier interesado puede consultarlas por internet previo pago de
entre 8-20 euros
Es obligatorio presentarlas y si no se hace
se cierra la hoja registral de la empresa y no se pueden inscribir las
escrituras hasta que se reabra.
Maribel Cruz infoas@infoas.es - Tel: 91 446 25 21